miércoles, 26 de junio de 2013

Tips para contratar un abogado sucesoral


Conseguir un buen abogado que se adapte a sus requerimientos en ocasiones podría resultar no tan fácil, si bien existen muchos colegas bien preparados, hemos comprendido con el tiempo que la atención al cliente, es algo que algunos abogados no poseen.

Si usted está en búsqueda de un abogado que lleve su trámite sucesal, primero que todo le ofrecemos nuestro servicio para todo el estado Zulia, y consultas en la materia a todo el país. Pero si se encuentra fuera del Zulia y quiere saber si el abogado que desea contratar se adapta a sus necesidades, lea los siguientes tips

Un abogado sucesoral se caracteriza por tener bastante paciencia, normalmente le explica a sus clientes el tramite sucesoral muchas veces. Por lo que es un buen indicativo si el abogado le explica el trámite de forma clara, es decir sin argot legal, de manera que usted pueda entenderlo. Un abogado que esquive explicarle el procedimiento, no es favorable para usted.

Que un abogado responda todas sus preguntas de una forma tranquila y sin contradicciones es una buena señal. Así que hágale preguntas o imposiciones como por ejemplo:

Necesito que mi sucesión esté lista en un mes. Como hablamos anteriormente un abogado que le diga que su sucesión saldrá muy rápido le está mintiendo, un abogado honesto le hablara de que el trámite es mucho más largo.

Exponga que no quiere incluir a todos los herederos o que quiere dejar por fuera bienes en la declaración. Un abogado que le diga que no hay problema a tal petición es un abogado deshonesto, pues sabe que usted debe incluir todos los herederos y todos los bienes en la declaración o de lo contrario deberá realizar una declaración complementaria o supletoria lo cual implicaría para usted doble gasto.

Sugiérale colocar los bienes muy por debajo de su precio real, para pagar menos impuestos. Un abogado inteligente le advertirá sobre lo peligro que esto implica pues aumenta la posibilidad de ir a fiscalización lo hace que la sucesión tarde mucho más en salir.

Con estas simples aseveraciones podrá conocer el carácter de su abogado y asi determinar si este le es conveniente.

Abogado de sucesiones, ¿por qué solo los abogados pueden hacer sucesiones?


Los amigos contadores suelen preguntar por qué solo los abogados pueden hacer sucesiones, si a fin de cuentas ellos pueden hacer el cálculo del impuesto mucho mejor que un abogado. La  realidad es que en la sucesión el cálculo depende directamente del cálculo del patrimonio del causante, y para determinar este se necesitan conocimientos de las 5 ramas del derecho civil Venezolano. Si bien muchas sucesiones son sencillas y no hay mucho que hacer, algunas tienen complicaciones, sobre todo las sucesiones en donde el patrimonio a declarar viene dado por la trasferencia de 1, 2 o más sucesiones, de igual manera los porcentajes, debido a que no todos los herederos entran a la sucesión con el mismo porcentaje de la herencia; debido a detalles como el grado de filiación entre otras cosas que no manejan ni los contadores, ni los gestores.

Por lo que si alguna persona ajena a la profesión del derecho le comenta que puede hacer el trámite de su declaración, debe saber que este no está facultado, y que la Administración Tributaria no permitirá el ingreso de una sucesión que no posea la firma e inpre de un abogado.

miércoles, 19 de junio de 2013

¿Cómo acelerar el trámite sucesoral? Errores comunes en las declaraciones.


Podemos minimizar el tiempo del análisis del expediente, asegurándonos de tener una sucesión sin errores, por experiencia sabemos que, el 90% de las sucesiones que entran al seniat poseen algún error o falta de algún recaudo, cuestión que dilata o alarga el tiempo de análisis.

Luego de que el abogado introduce la sucesión, esta debe ser analizada por un abogado de la administración tributaria, encargado de revisar el caso y si este posee errores, pedirle al contribuyente que los corrija.

Cuando una sucesión posee un error el tiempo de análisis se alarga, esto debido a que los analistas poseen muchos expedientes por revisar, y si un expediente posee un error, estos se comunican con el contribuyente o el abogado de este, para que pase a corregirlo, mientras sucede esto, el expediente se archiva de nuevo y no es hasta que se subsana o corrige el error que el analista lo retoma, mientras sucede esto ya el funcionario se encuentra en el análisis de un nuevo expediente, no será hasta que el analista concluya el análisis del mismo, que retomara el expediente que ha sido arreglado, a esto súmenle que tiene muchos expedientes en la misma situación por lo que le tomara aún más tiempo.

Existen errores de forma y de fondo, los de forma son los más fáciles de corregir, cosas como nombres mal escritos, copias de cedula ilegibles, la descripción de los bienes no coincide con la de los documentos de propiedad, entre otros. Los de fondo son un poco más complicados, porque alteran el resultado de la sucesión, porcentajes de la declaración erróneos, el cálculo del impuesto erróneo, faltan herederos o bienes en la declaración.

Sea cual sea el error, no debe suceder, pero siendo realista son muy pocas las sucesiones que entran de forma perfecta al seniat, es por esto que el contribuyente debe tener un abogado calificado para realizar su declaración sucesoral, debido a que solo un abogado con conocimientos en la materia minimizara los errores.

Otra forma de acelerar el proceso es “impulsando” la sucesión, este termino suele escucharse por parte de los funcionarios de la Administración Tributaria, asumimos que no es un criterio que siguen todas las oficinas del seniat, pero no es raro que se manejen de esa forma.

En este sentido, la Administración Tributaria considera que luego de introducida la declaración sucesoral, el contribuyente debería constantemente impulsarla, de lo contrario se entendería falta de interés. Ahora bien aclaramos que esto no posee un fundamento jurídico, es decir no aparece en ninguna ley, pero como comentamos anteriormente algunos funcionarios hacen uso de este criterio.

¿Qué es impulsar una sucesión? En cristiano, impulsar una sucesión es ir a cada rato al seniat, y ponerse muy fastidioso, luego de un mes de ser introducida la sucesión ir y solicitar información sobre la misma, preguntar si se le ha asignado analista, luego de que esto suceda ir cada semana, al punto que el analista estará tan pero tan obstinado que se verá en la obligación de sacar su expediente rápidamente, y antes que otros expedientes, si le regala dulcitos, aún más. Debe ser dulce y montar un drama de algún tipo, eso ayuda.

Tal vez no sea un consejo que se espera de un profesional del derecho, pero en nuestro país las instituciones públicas no siempre son lo esperado. Esto realmente es lo que les digo a los clientes que están desesperados, esto suele ocurrir cuando tienen una oferta de compra de algún bien y necesitan la solvencia antes de lo esperado.

martes, 18 de junio de 2013

¿y si no deseo pagar el impuesto de sucesiones?


Una pregunta común, mucha gente se niega a pagar este impuesto, realmente no hay forma para evitar su pago como tal, la única manera es que el contribuyente deje prescribir la obligación del pago al impuesto sucesoral

Para esto debe dejar pasar 6 años, lo cual es mucho tiempo, en ese caso la obligación de pago se extingue, mas no la de declarar, es decir, se realiza una declaración de prescripción de la obligación, esta declaración es igual a una declaración regular de sucesiones, excepto porque en esta no se calcula el impuesto de sucesiones, debido a que no se hará pago alguno.

Las personas que optan por esta opción; en su mayoría es porque los bienes a declarar eran bienes inmuebles y no estaban interesados en su venta, pero para las personas que necesitan mover cuentas bancarias, recibir prestaciones sociales, o tener participación en una empresa por las acciones heredadas esta no es una opción.


Fundamentación legal en el código orgánico tributario
 
Artículo 55: Prescriben a los cuatro (4) años los siguientes derechos y acciones:
1. El derecho para verificar, fiscalizar y determinar la obligación tributaria con sus accesorios.
2. La acción para imponer sanciones tributarias, distintas a las penas restrictivas de la libertad.
3. El derecho a la recuperación de impuestos y a la devolución de pagos indebidos.
 
Artículo 56: En los casos previstos en los numerales 1 y 2 del artículo anterior, el término establecido se extenderá a seis (6) años cuando ocurra cualquiera de las circunstancias siguientes:
1. El sujeto pasivo no cumpla con la obligación de declarar el hecho imponible o de presentar las declaraciones tributarias a que estén obligados.
2. El sujeto pasivo o terceros no cumplan con la obligación de inscribirse en los registros de control que a los efectos establezca la Administración Tributaria.
3. La Administración Tributaria no pudo conocer el hecho imponible, en los casos de verificación, fiscalización y determinación de oficio.
4. El sujeto pasivo haya extraído del país los bienes afectos al pago de la obligación tributaria, o se trate de hechos imponibles vinculados a actos realizados o a bienes ubicados en el exterior.
5. El contribuyente no lleve contabilidad, no la conserve durante el plazo legal o lleve doble contabilidad.

¿Dentro de cuánto tiempo sale la sucesión? ¿Cuánto tiempo tarda una sucesión para estar lista? ¿Cuándo me entregan la solvencia del pago al impuesto sucesoral?


Esta es realmente la pregunta que más hacen los clientes, no se ha introducido su expediente en el seniat y están preguntando que cuando se les entregan la solvencia.

La solvencia, es el certificado que le entrega el seniat al contribuyente, donde se deja constancia de que el tramite sucesoral fue llevado a cabo y finalizado en orden. Dejando certeza de la transmisión del patrimonio del causante a los herederos.

En la actualidad una sucesión tarda aproximadamente unos 6 meses a 1 año en salir, como ven no es un plazo de tiempo certero, todo depende del tamaño de la declaración sucesoral y de si esta debe ir a fiscalización o si tiene todos los recaudos necesarios para que el análisis del expediente.

El departamento de fiscalización se encarga de revisar los activos y pasivos  hereditarios, y básicamente cotejan que el valor que se ha establecido de los mismos en la declaración, sean relativamente los mismos que ellos precisaran a través de un avaluó de los bienes.

Los abogados que le dicen a sus clientes que su sucesión estará lista en 15 días, 1 mes, 3 meses, simplemente les mienten, o poseen algún tipo de ventaja dentro de la administración (maraña) y de las cuales lamento informar que en el 99% de las veces simplemente es la primera opción, les mienten.

En un próximo post daremos tips sobre como acelerar el trámite sucesoral y evitar ir a fiscalización.

¿Debo declarar todos los bienes que pertenecían al causante? ¿Qué sucede si no declaro todos los bienes del patrimonio del difunto?


La respuesta es simple, si,  se debe DECLARAR todos los bienes, hago énfasis en la palabra declarar, por no por todos los bienes se debe pagar el impuesto, entiéndase hay excepciones; pero indiferentemente de eso todos y cada uno de los bienes deben ser declarados.

Muchos clientes, preguntan sobre esto, es decir, de si puede dejar bienes sin declarar, o peor aún cometen el grave error de omitirle bienes a su abogado, que al desconocer sobre estos no los coloca en la declaración.

La gran mayoría de los abogados no suelen explicarle a sus clientes la vital importancia que tiene el declararlo todo, e incluir a todos los herederos. De no hacerse la declaración completa, mañana mas tarde cuando el heredero requiera hacer uso del bien no declarado no tendrá potestad para hacerlo, por no poseer la solvencia de pago del impuesto sucesoral.

Esto sucede mucho en el caso de propiedades; que luego cuando requieren ser vendidas no puede realizarse la venta porque el heredero no posee el certificado. Lo mismo ocurre con las cuentas bancarias, un caso muy común.

Esto trae como consecuencia que se deba realizar otra declaración sucesoral pero en este caso una complementaria o sustitutiva dependiendo del caso. Entonces es preferible ser honestos y declarar todo en una sola declaración, a tener que pagarle doble a un abogado por dos declaraciones.

Es por esto que deben ser incluidos también todos los herederos, para evitar la misma problemática.  Particularmente hemos tenido la oportunidad de ver certificados de sucesiones en donde por error humano no se verificaron todos los herederos, un ejemplo de esto fue un caso en donde muere la madre de seis hijos, y solo fueron incluidos tres en la declaración, 10 años más tardes, el viudo y los hijos se disponen a realizar la venta de uno de los bienes y no se le es permitido debido a que hay que realizar primero una declaración sucesoral complementaria para incluir los herederos faltantes.

consejo: evítese problemas y declare todos los bienes.

¿Por qué debo pagar el impuesto de sucesiones?


Una de las preguntas más comunes por parte de los clientes, si bien la mayoría entiende que debe pagar un impuesto, mucha gente al ahondar en el tema se pregunta ¿por qué realmente debo pagarle a la administración pública cuando muere un ser querido?

Realmente esta duda tiene sentido, esta infundada en el hecho de que el causante (persona fallecida) pago impuestos en vida por su patrimonio, por que debería el heredero pagar por algo que ya se pagó.

La respuesta tal vez no es lo que muchos quisieran leer, pero es muy simple, ese patrimonio del difunto al pasar al heredero computa un enriquecimiento, por el cual  la administración tributaria determina que el heredero debe pagar un impuesto por su nuevo patrimonio

Artículo 1 de la ley de impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos: Las transmisiones gratuitas de derechos por causa de muerte o por actos entre vivos serán gravadas con el impuesto a que se refiere la presente ley en los términos y condiciones que en ella se establecen.