La respuesta es simple, si, se debe DECLARAR todos los bienes,
hago énfasis en la palabra declarar, por no por todos los bienes se debe pagar
el impuesto, entiéndase hay excepciones; pero indiferentemente de eso todos y
cada uno de los bienes deben ser declarados.
Muchos clientes, preguntan sobre esto, es decir, de si puede
dejar bienes sin declarar, o peor aún cometen el grave error de omitirle bienes
a su abogado, que al desconocer sobre estos no los coloca en la declaración.
La gran mayoría de los abogados no suelen explicarle a sus
clientes la vital importancia que tiene el declararlo todo, e incluir a todos
los herederos. De no hacerse la declaración completa, mañana mas tarde cuando
el heredero requiera hacer uso del bien no declarado no tendrá potestad para
hacerlo, por no poseer la solvencia de pago del impuesto sucesoral.
Esto sucede mucho en el caso de propiedades; que luego cuando
requieren ser vendidas no puede realizarse la venta porque el heredero no posee
el certificado. Lo mismo ocurre con las cuentas bancarias, un caso muy común.
Esto trae como consecuencia que se deba realizar otra declaración
sucesoral pero en este caso una complementaria o sustitutiva dependiendo del
caso. Entonces es preferible ser honestos y declarar todo en una sola declaración,
a tener que pagarle doble a un abogado por dos declaraciones.
Es por esto que deben ser incluidos también todos los
herederos, para evitar la misma problemática. Particularmente hemos tenido la
oportunidad de ver certificados de sucesiones en donde por error humano no se
verificaron todos los herederos, un ejemplo de esto fue un caso en donde muere
la madre de seis hijos, y solo fueron incluidos tres en la declaración, 10 años
más tardes, el viudo y los hijos se disponen a realizar la venta de uno de los
bienes y no se le es permitido debido a que hay que realizar primero una declaración
sucesoral complementaria para incluir los herederos faltantes.
consejo: evítese problemas y declare todos los bienes.
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